Personas mayores y vulnerabilidad de sus derechos. Mecanismos de protección y criterios interpretativos

AutorJavier Garcia Medina
CargoVice decano e profesor da Faculdade de Direito da Universidade de Valladolid
Páginas5-49
Revista Acadêmica, Vol. 85, N.2, 2013
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PERSONAS MAYORES Y VULNERABILIDAD
DE SUS DERECHOS. MECANISMOS DE
PROTECCIÓN Y CRITERIOS
INTERPRETATIVOS
ELDERLY AND VULNERABILITY OF YOUR RIGHTS.
MECHANISMS OF PROTECTION REQUIREMENTS AND
INTERPRETATION
Javier García Medina1
Abstracto
Este trabajo ha sido realizado en el marco del Proyecto SEJ2005 -07085 JURI,
"Crisis matrimoniales: aspectos civiles y penales", dirigido por Vicente Guilarte
Gutiérrez y financiado por el Ministerio de Educación y Ciencia y dentro del
Proyecto DER2012-31549 “Estatuto procesal de la víctima de hechos
delictivos” dirigido por Montserrat de Hoyos Sancho y financiado por e l
Ministerio de Economía y Competitividad.
Palabras-clave: Personas mayores. Vulnerabilidad. Mecanismos de Protección.
Abstract
This work has been performed under the Project JURI SEJ2005-07085, "Marriage Crisis:
civil and criminal aspects," directed by Vicente Gutiérrez Guilarte and funded by the Ministry
of Education a nd Science and within the Project DER2012-31549 "procedural Statute the
victim of criminal acts "directed by Montserrat Hoyos Sancho and funded by the Ministry of
Economy and Competitiveness.
Keywords: Seniors. Vulnerability. Protective Mechanisms.
1. INTRODUCCIÓN: LA VEJEZ, SUS
INTERROGANTES Y RIESGOS
1 Vice-decano e profesor da Faculdade de Direito da Universidade de
Valladolid.
Revista Acadêmica, Vol. 85, N.2, 2013
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El proceso de envejecimiento de la población española, y
también europea, junto a la situación de crisis económica, coloca
en numerosas ocasiones a las personas mayores2 en circunstancias
cuyos derechos y expectativas pueden verse amenazados. El
envejecimiento se desarrolla a través de diferentes etapas que
difieren mucho de unas personas a otras y dado que abarca un
período temporal muy amplio, desde los 65 años hasta los 84,9, en
que está fijada la esperanza de vida para las mujeres en nuestro
país, se pueden dar circunstancias diversas que de un modo u otro
interrogan los derechos humanos de las personas mayores.
Por tanto la visión de la vejez como un fenómeno
homogéneo dista mucho de ser correcta y supone a su vez la
generación de preguntas no sólo sobre la situación de los ancianos
sino sobre la estructura política y económica más adecuada para
dar respuesta a una franja de población cada vez más numerosa.
Téngase en cuenta también que la senectud es un proceso en el
que las capacidades físicas y mentales van mermando
progresivamente y que la longevidad alcanzada en los tiempos
actuales provoca la aparición de enfermedades degenerativas
especialmente invalidantes que exigen cuidados muy
especializados. De forma que el terreno hacia las situaciones de
discapacidad se convierte en una zona fronteriza en la que se van a
presentar muchas dificultades de interpretación.
La condición de la vejez sitúa a los individuos en
situaciones de ver disminuidas sus capacidades físicas y mentales,
piénsese en las diferentes enfermedades vinculadas a la demencia
senil, o en la pérdida de la conciencia de la realidad que provocan
muchas dolencias degenerativas que van progresivamente
deteriorando especialmente la autonomía e independencia de los
2 Se utilizará la denominación “personas mayores” por ser la que concita mayor
acuerdo, sin que ello supone negar legitimidad a otras terminologías c omo
“tercera edad”, “ancianidad” o “personas de edad”. Tercera edad, por ejemplo,
se emplea en el Informe 2012 de la Oficina del Defensor del Pueblo.
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ancianos. En estos casos, la respuesta jurídica suele tender a
sustituir la voluntad del anciano por la de otro individuo que actúa
en su lugar y en su interés. Es evidente que las situaciones que se
plantean en cada caso son diferentes porque, por ejemplo, las
enfermedades tienen diversos estadios en cada uno de los cuales
las condiciones físicas y psíquicas del anciano son diferentes de
modo que lo que debemos preguntarnos es si las soluciones dadas
por el Derecho Civil en este sentido son las más idóneas para
proteger al anciano en las diferentes etapas de su vejez, o si por el
contrario son demasiado estáticas y encorsetadas y más que
proteger empeoran la situación del anciano provocando más
indefensión de que la que se trata de evitar. Asimismo, habrá que
investigar qué derechos fundamentales se hallan implicados en esta
situación y cómo habría que actualizar la regulación de la situación
de los ancianos y de las instituciones que los amparan desde una
óptica de derechos humanos/fundamentales3.
En este contexto son muchos los condicionantes que
surgen para el disfrute y para las garantías de los derechos
humanos al afectar a la autonomía e independencia personal4.
3 La importancia de la reflexión sobre la autonomía y sus efectos sobre los
derechos de los ancianos se aprecia al atender a la Exposición de Motivos de la
LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a las personas en s ituación de dependencia en la que se señala “1. La
atención a las personas en situación de dependencia y la promoción de su
autonomía personal constituye uno de los principales retos de la política social
de los países desarrollados. El reto no es otro que atender l as necesidades de
aquellas persona s que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad,
requieren apoyos para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria,
alcanzar una mayor autonomía personal y poder ejercer plenamente sus
derechos de ciudadanía”
4 Piénsese en los denominados derechos individuales e incluso en los derechos
económicos y sociales. Si bien es cierto que jerarquizarlos es muy problemático,
lo que es indiscutible es que el disfrute de todos ellos de una u otra manera
conforman la idea de la dignidad de cualquier sujeto.

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