Nacimiento y evolución de la positivación de los derechos humanos en México (breve relato)

AutorMaría Teresa Guzmán Robledo
CargoDoctora en Derecho Electoral por el Instituto de Investigación y Capacitación Electoral, del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, Licenciatura y Maestría en Derecho Constitucional y Amparo, por la División de Estudios Jurídicos del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad de Guadalajara. Profesora de dicho ...
Páginas275-290
Rev. direitos fundam. democ., v. 23, n. 1, p. 275-290, jan./abr. 2018.
DOI: 10.25192/issn.1982-0496.rdfd.v23i11280
ISSN 1982-0496
Licenciado sob uma Licença Creative Commons
NACIMIENTO Y EVOLUCIÓN DE LA POSITIVACIÓN DE LOS DERECHOS
HUMANOS EN MÉXICO (BREVE RELATO)
BIRTH AND EVOLUTION OF THE POSITIVATION OF HUMAN RIGHTS IN MEXICO
(BRIEF STORY)
María Teresa Guzmán Robledo
Doctora en Derecho Electoral por el Instituto de Investigación y Capacitación Electoral, del
Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, Licenciatura y Maestría en Derecho Constitucional y
Amparo, por la División de Estudios Jurídicos del Centro Universitario de Ciencias Sociales y
Humanidades de la Universidad de Guadalajara. Profesora de dicho Centro Universitario.
Resumo
La reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
en materia de derechos humanos publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 10 de junio de 2011, representó un marco normativo
impostergable para remontar el atraso de varias décadas con respecto
a otros estados constitucionales, dado que fortaleció el concepto de
derechos humanos en la Constitución, así como la apertura del
derecho internacional de las derechos humanos. Es considerada como
la más importante en los últimos años, por diversas cuestiones; siendo
una de ellas, el comienzo de la devolución a las personas de la
apropiación de sus derecho, en virtud de que se elimina el
otorgamiento a los individuos de las garantías individuales, para dar
paso al reconocimiento a las personas de los derechos humanos
consagrados en el mismo texto constitucional, así como en los tratados
internacionales en materia de derechos humanos que el estado
mexicano sea parte.
Palabras clave: Constitución, derechos humanos, interpretación
conforme, pro persona, evolución.
Abstract
The reform to the Political Constitution of the United Mexican States, in
the matter of human rights published in the Official Gazette of the
Federation on June 10, 2011, represents a normative framework that
can not be postponed to overcome the backwardness of several
decades with respect to other constitutional states. , since it strengthens
the concept of human rights in the Constitution, as well as the opening
of international human rights law. It is considered the most important in
recent years, for various issues, being among them (one of the most
important), the beginning of the return to people of the appropriation of
their rights, by virtue of which the granting of the individuals of the
individual guarantees, to give way to the recognition to the people of the
MARIA TERESA GUZMÁN ROBLEDO
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Revista de Direitos Fundamentais & Democracia, Curitiba, v. 23, n. 1, p. 275-290, jan./abr., de 2018.
human rights consecrated in the same constitutional text, as well as in
the international treaties in the matter of human rights that the Mexican
state is a part.
Key words: Constitution, human rights, consensual interpretation, pro
persona, evolution.
1. CONSIDERACIONES INICIALES
En el presente estudio se aborda el reconocimiento y evolución de los
derechos humanos en México, iniciando por un breve relato histórico desde 1812,
hasta la Constitución de 1917, con énfasis en la reforma constitucional del año 2011 en
materia de derechos humanos, acontecimiento en el que se centra el contexto;
haciéndose entonces necesario analizar el derecho internacional de los derechos
humanos, así como la incorporación del derecho externo en el derecho interno.
Por lo que, para comprender estos fenómenos, así como los nuevos
paradigmas de interpretación para el operador jurídico mexicano, se debe puntualizar
el contenido y significado de la cláusula de interpretación conforme y el principio pro
persona, ya que estos contemplan la incorporación de un sistema que implica, por una
aparte, el reconocimiento de la naturaleza de los derechos humanos, que se puede
ampliar mediante un sistema de reenvíos e integración con otros ordenamientos de
acuerdo a la cláusula de interpretación conforme; y por el otro, con la aplicación del
principio pro persona que significa la aplicación de una norma que otorgue mayor
protección de derechos humanos. Para finalmente aterrizar en el estudio de las
restricciones constitucionales que se deben atender en base a la labor jurisprudencial
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
2. LOS DERECHOS HUMANOS ATRAVÉS DE LAS CONSTITUICIONES
MEXICANAS
En lo que se refiere al estudio de los derechos humanos, se aprecian dos
etapas básicas, antes y después de la Constitución de 1917, con anterioridad la ley
suprema vigente, la mayoría de los textos constitucionales tuvieron una orientación
netamente liberal-individualista; en la Constitución expedida en Querétaro se plasmó
en su texto una perspectiva de contenido social, manifiesto, fundamentalmente en los
normas protectoras de los sectores marginados, como el campesinado y los obreros
(artículos 27 y 123).

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