Por qué no Habermas: del engaño liberal a la democracia radical

AutorRicardo Sanin Restrepo
CargoUniversidad Javeriana, Colombia. Miembro del grupo de investigación en teoría jurídica y teoría política. Facultad de Ciencias Jurídicas, Universidad Javeriana
Páginas264-284

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Introducción

La pregunta es sencilla, puede realmente una constitución inmersa en un intenso proyecto de globalización capitalista transformar una sociedad política nacional? Claramente la cuestión está dirigida a una generación que ha depositado toda su confianza en el derecho como herramienta primordial para lograr una auténtica justicia social, y que de hecho, tiene entre sus manos logros significativos para seguir confiando en él. Sin embargo, ^son estos triunfos duraderos?

Estamos lidiando con dos discursos divergentes, de un lado un esfuerzo titánico y sincero para concretar las promesas envueltas en una constitución nacional, por lograr mediante una combinación de estrategias de litigio y de activismo judicial los principios de igualdad y justicia social que encierra la constitución, todo dentro de un sistema definido de procesos, normas, y conjuros legales, pero este esfuerzo se estrella de frente con el mundo como campo minado, donde estos discursos ya fueron arrumados por unas prácticas contundentes y despiadadas, por un sistema financiero inconmensurable que define lo jurídico como su apéndice preformativa, donde las grandes corporaciones deshacen el derecho nacional e internacional desbordados hacia la implantación total y sin concesiones de la libertad de mercado que implica una división del mundo entre una capa delgada, hedonista y superficial, al modo de las distopías de Huxley o Queaneu, los "alpha" resguardados en paraísos sellados, inmunes e indiferentes; adherida a ella una clase media parasitaria del deseo, la ilusión reconvertida que produce riqueza como masa atónita, que vota, que paga hipotecas, que discurre públicamente; y al final delcorredor de la humanidad los "no-seres", una capa gruesa en el fondo, privada de todo, encerrada en un inmenso "sweatshop", los desmembrados, los desterrados de la tierra, los sin nombre, la mayoría del mundo, los nómadas de la eternidad, el lugar innombrable y monstruoso de cuya miseria depende el triunfo del capitalismo.

En otras palabras ¿Qué oportunidades tiene una constitución, clásicamente liberal, con retazos de promesas de un mejor mundo, ante un universo de estas proporciones? ^Puede la aplicación sedimentada y singular de derechos sociales ser un antídoto a una lógica hegemónica donde todo se compra, todo se vende? Un mundo, donde por ejemplo, el gobierno chino (la más grande corporación global) compra la mayoría del África cultivable y desplaza y condena a la hambruna millones de campesinos para explotar sus riquezas biológicas. En fin, ^Cuántas tutelas se

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necesitan para frenar el capitalismo? ¿Qué más oscurantismo que creer que la palabra (de la constitución) es el mensaje? Que más narcisismo y desvarío infantil que creer que nueve personas interpretando un texto sagrado local van a cambiar una realidad poseída por un sistema que se edifica en la codicia. Por supuesto el mensaje es que la lucha por la justicia social debe continuar, la pregunta es por la capacidad que posee un discurso constitucional nacional para concretarlo.

1. En contravía del liberalismo

Creo que la respuesta a este interrogante se encuentra en una dirección teórica minoritaria en nuestro ambiente jurídico doméstico,que radica esencialmente en tomarse la democracia en serio, en su aspecto constitutivo y más radical, es decir la democracia como lugar abierto al conflicto cuyo esquema ético primordial sea el pueblo como protagonista de lo político. Por eso, y sin entrar en gran detalle sobre las diversas facetas teóricas que hoy definen la democracia, es importante destacar que el funcionamiento de nuestra jurisprudencia y doctrina está imbuido casi por completo en una visión teórica hegemónica hoy en el mundo, me refiero a la democracia como deliberación, específicamente la vertiente de vena Habermasiana.Mientras que existe hoy un gran "bufete" teórico acerca de la democracia y no necesariamente de tinte crítico radical (opción a la cual pertenezco), entre otras la opción social de Amartya Sen el neo-pragmatismo de Richard Rorty, nuestra elite jurídica ha optado por un amasijo entre la teoría dialógica o de deliberación y el llamado neo-constitucionalismo que en su aspecto social más relevante no es sino un espejo de la anterior. Si bien en este artículo no tocaré los aspectos centrales del Neoconstitucionalismo, si creo urgente someter a una profunda crítica el modelo teórico imperante de la democracia que es la democracia como un proceso deliberativo dentro de una comunidad dialógica que concreta un consenso racional o en pocas palabras la teoría dialógica de Jurgen Habermas (Habermas, 1998, 1996a). Con toda sinceridad, creo que la teoría dialógica es tan desencajada y absurda para nuestra realidad política colonial y marginal, que de no ser por que goza de un inmenso prestigio global, no merecería tenerse en cuenta, pero es precisamente ese prestigio global y su intensa aplicación en nuestras prácticas políticas y legales lo que nos debería alarmar y servir como primer rastro de sospecha sobre su sustrato ideológico particular, que el mismo Habermas anuncia con increíble arrogancia cuando afirma que el primer mundo (occidente) debería servir como meridiano del presente, como medida de todos los demás mundos que deberían someter sus avances y desarrollos a la regla del primer mundo (Habermas, 1995). Luego de desenmascarar la teoría deliberativa, intentaré, brevemente, poner sobre la mesa una visión alterna sobre la democracia.

2. Teoría deliberativa y sus componentes

Habermas, a diferencia de Rawls, a quien acusa de ser demasiado liberal (Habermas, 1995, pp 112), pretende como esfuerzo fundamental conciliar los dos extremos en tensión de las democracias liberales, de un lado la versión predominante de la democracia en nuestra época: el liberalismo, que podemos definir a grandes rasgos a partir de un eje axiomático que articula estado constitucional de derecho y su

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subsecuente definición judicial, defensa de los derechos humanos, división de las ramas del poder público, y libertad individual proyectada a la propiedad privada y a la libertad de mercado, con lo que Constant llamaba la democracia de los antiguos, es decir la democracia como igualdad y soberanía popular.Puesto en una cápsula, se trata de conciliar los extremos en conflicto, libertad e igualdad, de un lado, y derechos humanos y soberanía popular del otro,donde Habermas identifica el obstáculo más peligroso que se debe superar para poder finalmente concretar una auténtica democracia liberal (Habermas, 1996 a pp 24).

A Esquema básico de la razón deliberativa

Para autores como Amartya Sen es evidente que existe una línea histórica directa en occidente, un afán permanente, casi desesperado que identifica con lo que llama teorías institucionales trascendentes,constante quese puede rastrear desde Hobbes,pasando por Locke y Kant, hasta llegar a su renacer en autores como Rawls, Nozick, Dworkin y Habermas, es decir que es netamente moderna (Sen, 2009, pp. i-viii). Lo que identifica este institucionalismo trascendente es la necesidad de reducir la divergencia, la multiplicidad del mundo a partir de su colapso a la unidad edificando instituciones justas.Se trata de la ciencia para curar el mundo, para aplacar la naturaleza, la primera y más temible naturaleza, la humana. Una ciencia del derecho para contener la geografía desmesurada de las pasiones humanas y someter al uno, al Estado, la inmensa multiplicidad de mundos nuevos, que como el nuestro americano asoma su lado oscuro, "salvajismo", como permanente amenaza de destrucción de la nueva arquitectura geométrica europea.Se trata al final de enrejar la diversidad para poder amaestrarla como campos subordinados de la razón, se trata de reducir la abundancia, el desorden, la multiplicidad a la armonía y la unidad, pero tras esta armonía se esconde la exclusión como consecuencia de un proyecto ideológico de homogeneización cultural y política. Un gigantecon garras de acero que aniquila la diferencia.

El primer paso del institucionalismo trascendente consiste en identificar un modelo de justicia perfecto, claramente ese modelo de justicia es otro nombre del liberalismo,que identifica la naturaleza de lo justo con lo racional en términos científicos, a partir del modelo nacen, como de un útero virginal, las instituciones que conducen lógicamente a la obtención de los valores matrices que aplican en todo tiempo y lugar, independientemente de la sociedad a la que conciernen.Así que, más bien, lo social es su efecto, su consecuencia primaria, la sociedad que nace de la perfección del arreglo institucional es entonces una sociedad perfecta (Sen, 2009, pp. 14-20).El contractualismo, en sus diversas versiones se funda en una aspiración común: ser la respuesta al caos que reinaría en una sociedad libre, el resultado ha sido el desarrollo incesante de teorías de la justicia que se centran en la identificación trascendental de instituciones ideales.

La similitud entre teorías diversas como las de, Rawls y Habermas es la imperiosa necesidad de la existencia de un procedimiento que anule el conflicto entre diferentes puntos de vista, que aplaque hasta hacer desaparecer la violencia propia de la conflictividad de la diferencia, un procedimiento neutral con respecto a cualquier

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tipología de valores, un método para alcanzar decisiones públicas que conduce necesariamente a un consenso que al ser...

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