La verdad tomada en serio

AutorSergio Chiarloni
Páginas184-199
Revista Eletrônica de Direito Processual REDP.
Rio de Janeiro. Ano 12. Volume 19. Número 2. Maio a Agosto de 2018
Periódico Quadrimestral da Pós-Graduação Stricto Sensu em Direito Processual da UERJ
Patrono: José Carlos Barbosa Moreira (in mem.). ISSN 1982-7636. pp. 184-199
www.redp.uerj.br
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LA VERDAD TOMADA EN SERIO1
THE TRUTH TAKEN SERIOUSLY
Sergio Chiarloni
Professor da Università degli Studi di Torino, Italia. E-
mail: sergio.chiarloni@unito.it
RESUMEN: El artículo trata de la temática relativa al estudio de los avances en materia
de pruebas en el proceso civil, basándose esencialmente en la obra de Michele Taruffo.
PALABRAS-CLAVE: Pruebas; proceso civil; Michele Taruffo; derecho comparado.
SUMMARY: The article deals with the subject of the study of advances in the field of
evidence in civil proceedings, based essentially on the work of Michele Taruffo.
KEYWORDS: Testing; civil proceedings; Michele Taruffo; comparative law.
SUMARIO: 1. La verificación judicial de los hechos en la historia. 2. Verdad,
proceso, decisión y narraciones. 3. Los ordenamientos de common law:
¿procedimientos antiepistémicos? 4. Casi una conclusión.
1. LA VERIFICACIÓN JUDICIAL DE LOS HECHOS EN LA HISTORIA
Junto a muchos méritos, los humanistas del Cuatrocientos y del Quinientos son
responsables del arraigo de un prejuicio incluso hasta hoy consolidado en el imaginario
colectivo. Han contribuido a difundir la idea de un Medioevo como un conjunto de
siglos oscuros, a causa de una deformada perspectiva que los llevaba a volcar hacia atrás
los desastres de un reciente pasado: las guerras, las pestilencias, las carestías que
atormentaran a Europa en el 13002.
1 Artigo recebido em 01/06/2018, sob dispensa de revisão.
2 Cfr., Sergi, L’idea di Medioevo tra senso comune e pratica storica, Roma, 1998 , p. 12 y ss.
Revista Eletrônica de Direito Processual REDP.
Rio de Janeiro. Ano 12. Volume 19. Número 2. Maio a Agosto de 2018
Periódico Quadrimestral da Pós-Graduação Stricto Sensu em Direito Processual da UERJ
Patrono: José Carlos Barbosa Moreira (in mem.). ISSN 1982-7636. pp. 184-199
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Los históricos presentan hoy un cuadro muy diverso. Como sugiere Giuseppe
Sergi, el lugar que unifica a las múltiples experiencias que separan la caída del imperio
romano y el descubrimiento de América es la experimentalidad.
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tampoco exclusivamente en lo mágico3 se debe agrupar en los diversos aspectos que
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Una nítida confirmación de esta complejidad, para el caso particular, pero
socialmente más relevante que la reconstrucción de los hechos en el proceso judicial, la
encontramos en el primer capítulo de Michele Taruffo, que representa la summa de un
compromiso de más de cuarenta años del más autorizado estudioso4 entre los pocos
italianos que se han dedicado a un campo exigente como el derecho de las pruebas
civiles. Gracias a una riquísima documentación, vemos aquí el pasado romano
conservado e interpretado por obra de un dominante grupo germánico que no renuncia a
las propias tradiciones: desmintiendo una creencia comúnmente difundida, las pruebas
 testimonio y documentos conviven en los siglos con las pruebas
 ordalías y duelo judicial5.
Al mismo tiempo, sobre el material recogido se enciende inevitable el faro de las
elecciones valorativas. Por siempre orientadas, en el análisis del presente en que hasta
ahora se ha dedicado, sobre todo, Taruffo, a sostener, con iluminista confianza, que la
llamada verdad procesal debe tender a coincidir con la llamada verdad histórica o
material. No sin que nuestro autor reconozca (y a menudo critique) los múltiples
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el propio convencimiento. Aquí estamos, entonces, para descubrir, ya en el derecho
3 Que continúa teniendo una gran relevancia social hasta bien adentro de la edad moderna: basta pensar en
la característica maravillosa y sagrada de la realeza en Francia e Inglaterra que se manifestaba en el poder
curador de los reyes. Cfr. Bloch, I re taumaturghi, trad. it., Turín, 1973.
4 Junto a Franco Cor dero para el proceso penal. Cfr. Tre studi sulle prove penali , Milán, 1963 y, desde el
punto de vista del análisis histórico, Riti e sapienza del diritto, Bari, 1981.
5 Vale la pena recordar que, en el proceso penal, tenemos ejemplos en el siglo XVII del uso de métodos
irracionales de formación de la prueba, utilizables, y no examinables por el Juez. De un tipo de prueba, es
decir que los cadáveres de los asesinados sangren, si son puestos en presencia de los culpables de su
muerte, se ocupó, entre o tros Aprosio en su La Grillaia, Génova, 16 73, al cap. Xsi
a la presencia de los Micidiarij las heridas de los occisos voten sang re     casos
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través del sistema probatorio. Taruffo nos recuerda, por otro lado, en La semplice verità, p. 8, que la
ordalía constituye una técnica re sidual, empleada cuando los medios racionales de prueba no llegaban a
resolver las dudas sobre los hechos.

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