La situación jurídica de los 'expatriados' laborales

AutorAntonio Ojeda Avilés
Páginas90-125
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LA SITUACIÓN JURÍDICA DE LOS “EXPATRIADOS” LABORALES1
THE LEGAL STATUS OF “EXPATRIATE” WORKERS
Antonio Ojeda Avilés2
Resumen: El concepto y regulación de trabajadores desplazados es el más conocido y
aplicado dentro de la Unión Europea para designar a quienes son enviados por su empresa
temporalmente a otro país europeo, pero fuera de nuestra Unión el concepto universalmente
utilizado es el de expatriado. Este artículo analiza sus diferencias con el desplazado y el
emigrante, así como la situación legal y las normas que regulan el viaje, residencia, trabajo y
repatriación de ellos, incluyendo las políticas de asignaciones internacionales de algunas
multinacionales, y la legislación de expatriados de los países de acogida, tomando como
ejemplo la legislación de Emiratos Árabes Unidos.
Palabras clave: Expatriados, desplazados, movilidad geográfica, movilidad internacional,
emigración, manual de expatriado, expatriate’s manual, international assignment policy,
repatriación.
Abstract: The concept and regulation of posted workers is in European Union the normal
concept for those who are sent by their firm temporarily to other European country, but
outside our Union the universally accepted concept is that of expatriate, fully unknown in
Spain. This paper analyzes their differences with posted and migrant workers, as well as the
legal situation and rules governing the travel, residence, work and return of them, including
international assignment policies of some multinationals, and the legislation for expatriates of
the reception country, taking as example the legislation of United Arab Emirates.
Artigo recebido em 16 de julho de 2015
1 Una versión inicial de este trabajo se ha publicado en el número monográfico 1 (2015) de la Revista Trabajo y
Derecho (Madrid) dedicado a Transnacionalización de Derecho del Trabajo y empresas multinacionales. La
versión actual ha sufrido algunas modificaciones puntuales, aunque es básicamente la misma.
2 Catedrático de Derecho del Trabajo, Universidad de Sevilla, España.
RDRST, Brasília, volume 1, n. 2, 2015, p 90-125, jul-dez/2015
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Key words: expatriates, displaced people, geographic mobility, international mobility,
migration, expatriate’s manual, international assignment policy, repatriation.
1. Propósito
La situación del trabajador internacional plantea siempre grandes incógnitas, aunque
últimamente su régimen jurídico parece aclararse a través de la práctica de las empresas
multinacionales. En realidad va surgiendo ante nuestros ojos una dicotomía, una dualidad,
entre el emigrante tradicional y el expatriado de élite. Dos conceptos procedentes del mundo
anglosajón, expatriados y asignaciones internacionales, se están abriendo paso en todo el
mundo y también en nuestra jurisprudencia, como reflejo de un nuevo tipo de movimientos
migratorios de nuevo cuño, donde la iniciativa la llevan las empresas multinacionales a la
hora de mover por todo el globo a sus élites y cuyo régimen jurídico nada tiene que ver con el
de las grandes oleadas migratorias de otras épocas. El esplendor de ambos conceptos coincide
con los efectos de la crisis en España, y en especial con la necesidad de una gran parte de los
recién egresados universitarios de hallar trabajo fuera de nuestras fronteras. Quiénes son en
sentido estricto, cuál sea su contrato y sus condiciones de trabajo, cómo se produce la
asignación internacional y bajo qué régimen jurídico, forman el conjunto de problemas que
trataremos de analizar a continuación.
2. Implantación del neologismo
Desde hace al menos quince años, los tribunales españoles vienen conociendo el
concepto de “expatriado” y le dedican una atención progresiva en los asuntos referidos a las
relaciones entre trabajadores y empresas multinacionales, tanto en las salas de lo social como
de lo contencioso-administrativo3, con soluciones cuya reiteración forma paulatinamente una
3 En la base d e datos CENDOJ del CGPJ las primeras sentencias que mencionan el concepto expatriado son las
del TSJ Madrid de 19 de octubre de 20 00 (R. 2520/2000), de la Audiencia Nacional de 16 de octubre de 2002
(R.710/2001), y d el TS de 30 de octubre de 2001 (R. 4467/2000), salvo error u omisión. La literature científica
de Recursos Humanos sobre expatriados se remonta a la décad a de los ochenta: BORG M., International
Transfers of Manager s in Multinationa l Corporations, Universidad de Uppsala, tesis doctoral, 1987 ;
BREWSTER C., “The Management of Expatriates”, Human Resources Resea rch Center Monograph 2,
Cranfield School of Management, 1988; lib ro del mismo autor, con igual título, en Editorial Kogan Page,
Londres 1991; BLACK J.S. y STEPHENS G.K., “The Influence of the Spou se on American Expatriate
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doctrina capaz de integrar los enormes vacíos existentes en el nivel legislativo. En los muy
raros convenios colectivos donde hallamos alguna atención a la movilidad transnacional
también comienza a aparecer esporádicamente el concepto de expatriado, si bien los términos
más usuales para denominarlos suelen respetar las denominaciones tradicionales de
desplazados y trasladados al extranjero, con la confusión derivada de aplicar distintos
conceptos que por añadidura encuentran su espacio natural en la movilidad intranacional,
carentes del elemento extranjero que es propio de las relaciones que vamos a ver.
El uso frecuente y hasta abundante del término en las sentencias del Tribunal Supremo
español (TS), los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) y la Audiencia Nacional (AN) del
mismo país corre parejas con la aplicación casi canónica del concepto en el mundo anglosajón,
al que decenas de miles de jóvenes españoles se han aproximado en busca de salida
profesional en los años de la crisis financiera de 2008. Salvo en Europa, el concepto de
expatriado se aplica con normalidad en América, Asia, África y Oceanía, por lo que no
podemos extenderle en principio, salvo lo que después diremos, los conceptos similares
derivados de la legislación y jurisprudencia de la Unión Europea, con los cuales se traba por
el contrario un conflicto terminológico al que procuraremos dar solución en estas líneas.
En sentido genérico, expatriados son quienes viven en un país distinto al de su
nacionalidad por razones de trabajo. Su historia es casi tan antigua como la de la Humanidad,
desde que el comercio puso en contacto a unas naciones con otras4, y ya en la Edad Media las
grandes casas comerciales genovesas, venecianas o de la Hansa mantenían numerosos
colectivos de esas nacionalidades en las ciudades más económicamente activas, desde
Constantinopla o Alejandría hasta Brujas o Londres5. Con el Renacimiento las comunidades
Adjustment and Intent to Stay in Pac ific Rim Overseas Assignments”, Journal of Management 4 ( 1989), pp. 529
ss.
4 Cuando Roma unifica Europa, el tráfico mercantil se hace tan intenso que existe ya una amplia distinción
basada en la nacionalidad entre el cives y el peregrino, con una legislación y una jurisdicción diferentes, si bien
engañosa por cuanto a nosotros respecta, porque la co ndición acompañaba como ius sa nguinis a cada uno, con
independencia del país donde se moviera.
5 Por ejemplo, los Bardi mantenían representaciones e stables en muchas ciudades, entre ellas en Barcelona,
Sevilla y Mallorca: SAPORI A., Il merca nte italia no nel medioevo, Jaca Book, Milán 1981, p. 48. Para este
autor, entre el siglo XIII y el XIV se forjan dos mundos, el medieval de los pueblos artesanos, y el mundo de
vanguardia d e las compañías de comercio internacional (ibídem, p. 64). Ese gran comercio había estado en el
centro de Europa desde el tiempo d e los merovingios, pero la irrupción de los vikingos por el norte y de los
musulmanes por el sur lo había interrumpido: PIRENNE H. , Las ciudades de la Edad Media, Alianza Editorial,
Madrid 2007, p 17. De nuevo confusa es la mención a las comunidades de judíos en las mayores ciudades
comerciales, pues se identificaban por la religión y la raza, no por su origen israelita. Un recuento muy
instructivo de tales comunidades en términos cuantitativos nos lo ofrece fray Benjamín de T UDELA, Libro de
Viajes, Rio Piedras Ediciones, Barcelona 1989 , monje q ue viaja por el Mediterráneo en la segunda mitad del
siglo XII: Narbona y Marsella, 300 judíos cada una; Roma, 200; Nápoles, 500; Salerno, 600; Constantinopla,

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