La prueba cientifica

AutorAdrián Simons Pino
CargoAbogado, Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal, Miembro de la Asociación Internacional de Derecho Procesal, Miembro de la Asociación Latinoamericana de Arbitraje
Páginas4-44
Revista Eletrônica de Direito Processual REDP.
Rio de Janeiro. Ano 11. Volume 18. Número 3. Setembro a Dezembro de 2017
Periódico Quadrimestral da Pós-Graduação Stricto Sensu em Direito Processual da UERJ
Patrono: José Carlos Barbosa Moreira. ISSN 1982-7636. pp. 04-44
www.redp.uerj.br
4
LA PRUEBA CIENTIFICA
1
THE CIENTIFIC EVIDENCE
Adrián Simons Pino
Abogado, Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho
Procesal, Miembro de la Asociación Internacional de
Derecho Procesal, Miembro de la Asociación
Latinoamericana de Arbitraje. Profesor de la Academia de la
Magistratura. Perú. adrian.simons@simonsabogados.com
RESUMO: o artigo trata da prova científica, que é uma variante da prova pericial. Aquela
engloba, por exemplo, a prova pericial propriamente dita, oitiva de peritos ou de
especialistas. Sustentamos neste texto que a alta confiabilidade da prova científica não se
confunde com a sua infalibidade. Cabe ao juiz ou árbitro atuar como o guardião da prova
científica, visando evitar que, no processo, ingressem provas sem idoneidade, valorando de
maneira adequada a validade do método utilizado, bem como a margem de erro deste. Para
tanto, o Daubert Case, julgado pela Suprema Corte norte-americana em 1993, pode ser
utilizado como parâmetro a ser assimilado pela jurisprudência e as legislações nacionais.
Assim, mostra-se necessária uma nova regulamentação em matéria de prova pericial, bem
como, enquanto as legislações não sofrem as alterações necessárias, os juízes devem
adequar os procedimentos aos novos requerimentos de prova.
PALAVRAS-CHAVE: prova pericial; Daubert case; poderes instrutórios; fontes de prova.
ABSTRACT: The article deals with the scientific proof, which is a variant of expert
evidence. This includes, for example, expert evidence, expert testimony or experts. We
maintain in this text that the high reliability of the scientific evidence is not confused with
its infallibility. It is up to the judge or arbitrator to act as the guardian of the scientific
evidence, in order to avoid that in the process, they enter evidence without suitability,
1
Artigo recebido em 08/09/2017, sob dispensa de revisão.
Revista Eletrônica de Direito Processual REDP.
Rio de Janeiro. Ano 11. Volume 18. Número 3. Setembro a Dezembro de 2017
Periódico Quadrimestral da Pós-Graduação Stricto Sensu em Direito Processual da UERJ
Patrono: José Carlos Barbosa Moreira. ISSN 1982-7636. pp. 04-44
www.redp.uerj.br
5
valuing in an appropriate way the validity of the method used, as well as the margin of
error of this one. To this end, the Daubert Case, judged by the US Supreme Court in 1993,
can be used as a parameter to be assimilated by the jurisprudence and the national
legislations. Thus, new rules on expert evidence are necessary and, as long as the
legislation does not suffer the necessary changes, the judges must adapt the procedures to
the new evidence requirements.
KEYWORDS: Expert evidence; Daubert case; instructional powers; sources of evidence.
“Una vida sin ciencia es como una vida sin música”
2
I. ¿LA SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO?
Como ha indicado el científico español Peré Estupinyá “la ciencia son las gafas que
nos permiten escudriñar en la estructura del universo, descubrir el mundo microscópico,
explorar el interior del cerebro humano, comprender nuestro comportamiento, y disfrutar
de toda la complejidad y esplendor que oculta la naturaleza”
3
.
Por ejemplo, una gran revolución llegó con la capacidad de observar el
funcionamiento del cerebro en tiempo real, a través de lo que ahora se llama Neurociencia.
Más allá de las aplicaciones médicas, los Scaners de Resonancia Magnética Funcional
están siendo utilizados para investigar lo más profundo de nuestra personalidad. El futuro
ya está presente!
Los científicos ya están afirmando que las imágenes más precisas de la actividad
cerebral, pueden ser utilizadas para exculpar a alguien de un proceso si se detectan que las
fechorías no son atribuibles a la voluntad de esa persona, sino debido a una programación
cerebral defectuosa. Esto puede llevar a revolucionar las bases del derecho penal y los
principios que sostienen a la imputación.
Ahora, se sabe, que los escáneres de resonancia magnética funcional pueden detectar
las alteraciones en los cerebros de los pederastas. Incluso un grupo de científicos de la
2
ESTUPINYÁ, Pere. El ladrón de cerebros. Compartiendo el conocimiento científico de las mentes más
brillantes. DEBOLSILLO, Barcelona, 2013, p. 20
3
ESTUPINYÁ, Pere. El ladrón de cerebros. Ob. cit. p.20.
Revista Eletrônica de Direito Processual REDP.
Rio de Janeiro. Ano 11. Volume 18. Número 3. Setembro a Dezembro de 2017
Periódico Quadrimestral da Pós-Graduação Stricto Sensu em Direito Processual da UERJ
Patrono: José Carlos Barbosa Moreira. ISSN 1982-7636. pp. 04-44
www.redp.uerj.br
6
Universidad de Harvard, ha planteado válidamente la siguiente pregunta: ¿debería ser
reconsiderada la ley criminal en vista de los avances de la neurociencia?
Hemos llegado a tal punto que el principio de autoridad y el sentido común no se
llevan muy bien con la ciencia. La ciencia nos enseña que la toma de decisiones debe estar
basada en evidencia y corregir constantemente nuestras creencias cuando las evidencias de
la experimentación nos lo sugieren.
A partir de ahora, el sentido común ya no será el mismo. Y, nuestras máximas de
experiencia, deberán tener otro estándar.
Los jueces de muchas partes del mundo ya son conscientes de ello. Pero, llevar el
mundo del conocimiento científico al proceso (sea judicial o arbitral) no será tarea fácil.
Veamos.
II. LOS CASOS DAUBERT-JOINER-KUMHO
4
5
6
7
.
Hoy en día, no se puede hablar de la prueba científica sin hacer referencia a la
llamada trilogía DAUBERT-JOINER-KUMHO.
Antes de estos casos emblemáticos, el referente era el caso FRYE vs USA de 1923.
La Corte Suprema de los Estados Unidos, descartó como prueba pericial científica el
detector de mentiras basado en la presión arterial sistólica. La doctrina derivada del caso
FRYE estableció que los métodos usados por el experto para formar sus conclusiones
científicas, deberían encontrarse entre los generalmente aceptados por la comunidad
científica especializada. Apreciemos que, desde 1923, la Corte Suprema de los Estados
Unidos mostró una preocupación por la ciencia y su influencia en el proceso. En las
4
PEREZ GIL, Julio. El Conocimiento Científico en el Proceso Civil, Tirant lo Blanch, Valencia, 2010, pp.
102, 103, 104, 105, 106 y 107.
5
TARUFFO, Michele. La Prueba. Marcial Pons, Madrid, 2008, pp. 90, 94, 95,97, 98, 99 y 100.
6
LLUCH, Xavier Abel. La Valoración de la Prueba Científica. En: Derecho Probatorio Contemporáneo.
Prueba Científica y Técnicas Forenses. Coordinadora: BUSTAMANTE RÚA, Mónica María, Universidad de
Medellín, Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco, Colo mbia, 2012, p. 244.
7
SANDERS, Joseph. La paradoja de la relación metodología y conclusió n y la estructura de la decisión
judicial en los Estados Unidos. En: Derecho Probatorio Contemporáneo. Prueba Científica y Técnicas
Forenses. Coo rdinadora: BUSTAMANTE RÚA, Mónica María, Univer sidad de Medellín, Fundación
Universitaria Tecnológico Comfenalco, Colombia, 20 12, pp.99, 100, 101, 102, 1 03, 104, 105, 106, 107, 108
y 109.

Para continuar a ler

PEÇA SUA AVALIAÇÃO

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT