Protección del consumidor en la adquisición de contenidos digitales

AutorMargarita Orozco González
CargoContrato FPU en la Universidad de Granada
Páginas201-217
PROTECCIÓN DEL
CONSUMIDOR EN
LA ADQUISICIÓN
DE CONTENIDOS
DIGITALES1
Margarita Orozco González*
Contrato FPU en la Universidad de Granada
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EXCER TOS
“Tratándose de contenidos digitales, cobrará especial relevancia la
información relativa al soporte material en el que se integran éstos contenidos,
así como el formato en el que se presenta y los datos acerca de la calidad e
interoperabilidad de los mismos
“La realidad actual nos muestra que el entorno digital es ya el principal
motor de la economía mundial”
“No se puede olvidar la debida aplicación de la teoría general de los
contratos del derecho civil, que contempla instituciones como los vicios de la
voluntad”
“Queda claro que el incumplimiento del deber de información por
parte del empresario, que se articula como un derecho del consumidor y
usuario por la legislación de consumo, originaría la nulidad del contrato si
la información no facilitada recae sobre aspectos esenciales del producto y/o
sus condiciones de uso y disfrute
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