La indemnización de los derechos morales de autor en el contexto europeo y español

AutorMargarita Orozco González
CargoUniversidad de Granada (UGR), Departamento Derecho Civil da UGR, Granada, Espanha. Doutora em Ciências Jurídicas. E-mail: margaorozco@ugr.es.
Páginas141-163
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Autora Convidada
Resumo: Este trabajo tiene por objeto
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en la indemnización del daño moral
que ocasionan las vulneraciones de los
derechos de autor, principalmente por la
confusa redacción de la norma que regula
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la Ley de Propiedad Intelectual español,
tras su reforma de 2006. En este campo
resulta de gran interés analizar la
regulación española y europea al respecto
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Tribunal de Justicia de la Unión Europea
y el Tribunal Supremo español.
Abstract: This work has as main object
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around the moral damages reparation
derived from author rights’ violation,
mainly due to the confusing/obscure
redaction of the norm that regulates this
topic in the Spanish Intellectual Property
Law, after the reform introduced in
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analyse both the Spanish and European
regulation applicable in this respect and,
given its clarifying contribution, the
position adopted about this matter by
the European Court of Justice and the
Spanish Supreme Court.
Palabras clave: Derechos de autor.
Responsabilidad civil. Daño moral.
Indemnización. TRLPI. TJUE
Keywords: Author rights. Civil liability.
Moral damage. Reparation TRLPI.
TJUE.
Sumário: 1 Consideraciones previas. 2 La indemnización del daño moral en España
y Europa. 3 El caso “Liffers”. 3.1 La posición del Abogado General a nivel Europeo.
3.2 La postura sostenida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 4 La
recepción de la doctrina del Tribunal Europeo en el ordenamiento jurídico español. 5
Conclusiones. Referencias.
LA INDEMNIZACIÓN DE LOS DERECHOS MORALES
DE AUTOR EN EL CONTEXTO EUROPEO Y ESPAÑOL
THE INDEMNIFICATION OF THE MORAL AUTHOR’S RIGHTS IN THE
EUROPEAN AND SPANISH CONTEXT
Margarita Orozco GonzálezI
I Universidad de Granada (UGR), Departamento Derecho Civil da UGR, Granada,
Espanha. Doutora em Ciências Jurídicas. E-mail: margaorozco@ugr.es
142
Revista Direitos Culturais | Santo Ângelo | v. 14 | n. 34 | p. 141-163 | maio/agos. 2019.
DOI: http://dx.doi.org/10.20912/rdc.v14i34.3176
1 Consideraciones previas
Las obras protegidas por la Propiedad Intelectual así como,
especialmente, los derechos reconocidos por la normativa a sus
creadores, se enfrentan desde un pasado remoto a un amplio espectro
de vulneraciones, en base, principalmente, a su carácter de objeto
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no autorizado. A ello se une que, a pesar de que como se ha tenido
ocasión de señalar, estas problemáticas, no suponen una novedad, nos
encontramos con que en la actualidad, en la era del desarrollo digital,
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en volumen como como en tipología, lo que ha abierto en la doctrina
especializada amplios debates y ha dado lugar a un incremento de los
procedimientos judiciales y a través de los órganos administrativos
creados a tal efecto (como es el caso de la Comisión de Propiedad
Intelectual española). En este sentido, el Tribunal de Justicia de la Unión
Europea (TJUE) se ha pronunciado en estos últimos años en múltiples
ocasiones sobre cuestiones relativas a Propiedad Intelectual, en base a
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de la normativa comunitaria y nacional de los Estados miembros y, en
otros, resolviendo problemáticas de interpretación de los preceptos.
Al respecto, como punto de partida, se debe señalar que el
Derecho de autor, como rama que protege y regula desarrollo intelectual
de las sociedades y la creación de cultura, se ha visto especialmente
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tecnologías e Internet, lo que ha implicado evidentes cambios tanto en
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notoriamente los contornos de la Propiedad Intelectual. Al respecto,
en la actualidad, es una realidad ampliamente reconocida la mayor
vulnerabilidad y fragilidad que caracterizan a los elementos base de esta
rama del Derecho, lo que ha determinado una mutación de las categorías
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concreto los de reproducción y comunicación pública, con el nacimiento
en el seno de éste de la modalidad de “puesta a disposición”; además de
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la digital y su correlativa necesaria compensación a los titulares de los
derechos afectados por ella.

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