A decade of judicial activism in the villas of Buenos Aires/ Una decada de activismo judicial en las villas de Buenos Aires/ Uma decada de ativismo judicial nas vilas de Buenos Aires.

AutorDelamata, Gabriela
CargoEnsayo

Introduccion

Desde mediados de la decada pasada, organizaciones de la sociedad civil, jueces y otros integrantes de los tribunales portenos, impulsan acciones judiciales colectivas en las villas de Buenos Aires, dirigidas a satisfacer derechos habitacionales (y politicos) de sus habitantes, reconocidos en la Constitucion y en la legislacion de la Ciudad. En el marco de los estudios interesados en la capacidad de las cortes de producir transformaciones (1), la amplitud tanto territorial (muchos barrios) como temporal de la intervencion judicial y los efectos sociales y politicos del litigio, cobran el mayor interes.

Hace unos anos, estudiosos del activismo judicial y de los sectores populares urbanos, comenzaron a unir esfuerzos de investigacion sobre las caracteristicas y consecuencias del activismo judicial en estos barrios precarios de la ciudad de Buenos Aires. Estas investigaciones lograron identificar aspectos nodales de la dinamica de la intervencion judicial. En especial, el aporte del segundo grupo de estudios contribuyo a colocar las acciones judiciales dentro de una historia larga de vinculacion (y confrontacion) de las villas con el Estado, y permitio profundizar en la coyuntura critica de relaciones en la cual el litigio judicial se inserta y los operadores juridicos leen el conflicto. Otras investigaciones analizaron efectos e impactos de la accion judicial persistente. Por un lado, se pudo establecer que, junto al reconocimiento de derechos sociales, y habitacionales, en particular, que es caracteristico de la actividad del fuero interviniente, el activismo judicial en villas debe su particular dinamismo a la amplitud y determinacion con que los actores juridicos llevaron adelante el acceso a la justicia de los villeros. Este tema, inserto en debates acerca del rol de la abogacia en relacion con "comunidades segregadas", se convirtio en una preocupacion central de la agenda reformista de los jueces y produjo una serie de cambios tanto en la actividad de los tribunales como en las formas de interpretacion y accion de los actores del litigio--desde cambios en el framing de las demandas barriales, pasando por la conformacion de nuevas estructuras de movilizacion territorial, hasta la introduccion de nuevos repertorios de reclamo de los vecinos. Por otro lado, se comprobo que, pese a la diversidad de objetos y barrios implicados en las causas judiciales, el impacto de la judicializacion sobre la politica publica ha sido limitado, aunque no menor. El grueso de los casos judiciales resueltos rara vez sobrepaso el control de legalidad de la politica de villas del gobierno de la ciudad; sin embargo, desde el momento en que los jueces pasaron a intervenir en las decisiones sobre villas, se altero la dinamica decisoria referida a tales politicas.

Al promediar el ciclo de la judicializacion, organismos de la Ciudad y de la Nacion institucionalizaron la politica de acceso a la justicia de los integrantes del Poder Judicial porteno activistas, abriendo multiples oficinas de atencion en las villas. En anos mas recientes, el gobierno de la Ciudad respondio a los efectos sociales y politicos del activismo judicial, mediante dos vias: por una parte, procurando ganar espacio politico en algunos barrios, a traves de la gestacion de redes con los vecinos por fuera de las representaciones vecinales constituidas electoralmente, y, por la otra, intentando obtener, en el contexto creado por una nueva composicion del Poder Judicial porteno, resoluciones favorables y contrarias a las sentencias de la judicializacion progresista.

No obstante que se esta lejos de poder determinar el alcance transformador de estos cambios, es posible sostener que los mismos operaron sobre los aspectos mas salientes de la agenda reformista de los jueces activistas. De manera mas amplia, unos reabren el debate que rondo la intervencion judicial desde su surgimiento, referido a las relaciones entre los actores politicos, los actores juridicos y los actores territoriales; otros actualizan la pregunta acerca de la capacidad distributiva o material de la accion judicial.

Este articulo es continuacion de una serie de investigaciones desarrolladas sobre los efectos del activismo judicial en las villas portenas y representa tanto un balance selectivo de hallazgos previos como una expansion de la investigacion, que incorpora impactos indirectos y contraefectos al activismo judicial progresista.

En la primera parte del texto, se hara una descripcion somera de las relaciones que historicamente fueron vinculando los barrios, la politica y el Estado, precisando el caracter de la intervencion judicial como un tipo de respuesta importada desde la arena juridica a la situacion politica y sociohabitacional de las villas. En la segunda parte, se brindara una caracterizacion del proceso de intervencion judicial, destacando especialmente rasgos y consecuencias (e impactos institucionales indirectos) de un tipo de activismo de los tribunales que, dentro de la politica institucional originaria del fuero, abrevara de una serie de reformas autoimpuestas al quehacer jurisdiccional por parte de los magistrados intervinientes. En la tercera parte, se hara referencia a las resoluciones emitidas por el Poder Judicial en las distintas causas, se senalaran sus efectos sobre la politica publica referida a villas y se incorporaran algunos cambios recientes, que denominamos "contra-efectos" al activismo judicial progresista. Finalmente, presentaremos un resumen sucinto, a modo de conclusion.

  1. Villas y formatos de accion: la aparicion de la intermediacion legal activista

    Las primeras villas de Buenos Aires se remontan a los procesos migratorios impulsados por la industrializacion de la primera mitad del siglo XX, que desembocaron en la localizacion de familias de trabajadores procedentes de distintas regiones del pais en zonas aledanas al crecimiento de las fabricas, dando origen a formas precarias de habitat (2). Sus habitantes adoptaron formas organizacionales por medio de las cuales intentar mejoras en la vivienda e infraestructurales, y el Estado desarrollo a su vez distintas acciones orientadas a modificar las condiciones habitacionales de las villas, que, con ser disimiles, pueden ser agrupadas por su objeto, bajo el nombre de "politica de villas" (RICCIARDI, SEHTMAN, 2012: 299).

    Desde su gestacion hasta la dictadura iniciada en 1976, que produjo el desalojo compulsivo mas dramatico de su historia, la accion publica villera se apoyo en dos tipos de organizaciones. Entre la decada de los cincuenta y los sesenta, las comisiones vecinales barriales se erigieron en estructuras primarias de una organizacion de segundo grado, de perfil sectorial y reivindicativo, que fue reconocida y reglamentada en su funcionamiento por la (entonces) Municipalidad de Buenos Aires. Durante los anos setenta, el formato reivindicativo previo muto hacia una fuerte politizacion de las organizaciones y dio lugar a la conformacion de un movimiento villero principalmente ligado a vertientes peronistas. Durante todo el periodo, la politica de villas se mantuvo dentro de un criterio erradicador y/o relocalizador de los barrios. Esta situacion cambio con el retorno a la democracia en 1983. Tras la desestructuracion de las organizaciones existentes y la desaparicion de varios asentamientos, producidas durante el gobierno militar, la democratizacion reemplazo el criterio anterior, por la radicacion (y la mejora del habitat dentro de las villas), como paradigma de intervencion. No obstante este cambio transformador, la relacion entre instituciones y villas, no diferiria desde entonces del tratamiento que el sistema politico le tendria reservado a la pobreza urbana, de corte asistencial, al tiempo que las organizaciones villeras emergentes pasarian a caracterizarse por estar mas ligadas al Estado (y los partidos, en clave clientelar) que por ejercer la representacion de los intereses de los habitantes de las villas (CRAVINO, 1998; VITALE, 2013). Mas especificamente, desde la refundacion democratica, la interaccion entre la politica de villas y las organizaciones encargadas de representar a los vecinos e intermediar sus demandas ante el Estado, adoptaria un formato relacional centrado tanto en la gestion de la precariedad habitacional bajo la logica de la urgencia,--quedando en segundo plano una aproximacion en terminos programaticos (por ejemplo, a traves de programas de urbanizacion)--como en el control de las organizaciones vecinales por parte de las instituciones de gobierno, apoyado tanto en su rol de regulador procedimental de su composicion como en el de proveedor de los recursos por ella demandados (SEHTMAN, 2009). (3)

    Como ha senalado asimismo el autor, esta forma de relacion entre organizaciones e instituciones tuvo fuertes efectos, materiales y politicos, en el habitat villero, ya que minimizo la cantidad de...

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