Análisis lógico del derecho y pos-positivismo - un Dialogo a partir de las teorías de Alchourron/Bulygin y Atienza/Manero

AutorDennis José Almanza Torres
Páginas31-50
Recebido em: 04/10/2018
Revisado em: 09/11/2018
Aprovado em: 16/11/2018
http://dx.doi.org/10.5007/2177-7055.2018v39n80p31
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Análisis Lógico del Derecho y Pos-positivismo –
Un Dialogo a partir de las Teorías de Alchourron/
Bulygin y Atienza/Manero1
Logical Analysis of Law and Postpositivism – A Dialogue from the Theories
of Alchourron/Bulygin and Atienza/Manero
Dennis José Almanza Torres1
1Universidad La Salle, Arequipa, Peru
Resumen: Para Carlos Alchourrón y Eugenio
Bulygin, una sentencia judicial es justificable
conforme a derecho sólo si contiene una
secuencia lógica de normas y la descripción de
un caso. Manuel Atienza y Juan Ruiz Manero
niegan la aplicación de esta teoría al raciocinio
jurídico, afirman que es necesario un aparato
conceptual diferente que entienda el derecho
como una actividad donde la sociedad participe
y el jurista tenga la función de desplegarla.
El presente artículo examina y confronta las
principales tesis de los autores mencionados,
destacando caracteres que no deben ignorarse al
justificar una decisión judicial.
Palabras clave: Análisis Lógico del Derecho.
Sistema. Pos-positivismo.
Abstract: For Carlos Alchourron and Eugenio
Bulygin, a judicial sentence is justifiable
according to law only if it contains a logical
sequence of rules and the description of a case.
Manuel Atienza and Juan Ruiz Manero deny the
application of this theory to the legal reasoning.
They assert that a different conceptual
apparatus is needed that understands law as an
activity where society participates and the jurist
has the function of deploying it. This article
examines and confronts the main theses of the
authors mentioned, emphasizing characters that
should not be ignored when a judicial decision
is justified.
Keywords: Logical analysis of law. System.
Post-positivism.
1 La versión inicial del trabajo fue presentada en el I Congreso de Filosofía del Derecho
para el Mundo Latino ILatina, realizado en Alicante (España) del 26 al 28 de mayo del
2016.
32 Seqüência (Florianópolis), n. 80, p. 31-50, dez. 2018
Análisis Lógico del Derecho y Pos-positivismo – Un Dialogo a partir de las Teorías de Alchourron/Bulygin y Atienza/Manero
1 Introducción
Dos acontecimientos importantes caracterizaron el desarrollo de la
filosofía del derecho las últimas décadas del siglo pasado, por un lado el
aumento del interés de los teóricos en la lógica deóntica y las constantes
tentativas en aprovechar los resultados de estos avances para explicar el
razonamiento jurídico y por el otro, el análisis de los conceptos jurídicos
(BULYGIN, 1991, p. 169).
Si bien el desarrollo de la lógica deóntica es relativamente reciente
(1951), antes de su estudio, intuitivamente ya se creía que las reglas de
la lógica de una u otra forma mantenían correspondencia con el discurso
jurídico (HERNÁNDEZ, 2009, p. 441).
Esta relación fue advertida por Eugenio Bulygin (2010, p. 38)
cuando afirmaba que una sentencia judicial es justificable según el
derecho, sólo si en su contenido encontramos una secuencia lógica de
normas y la descripción de un caso; en tal sentido, la justificación sería
una operación lógica deductiva, la cual puede ser reconstruida como
una inferencia lógica donde de un conjunto de premisas se llega a una
conclusión que afirma que ciertas consecuencias jurídicas se aplican a un
caso particular.
La posibilidad de la existencia de una lógica de normas llamó la
atención del iuspositivismo jurídico, puesto que los seguidores de esta
corriente tienen como uno de sus objetos centrales de estudio las normas
jurídicas, por lo tanto, toda relación lógica existente que involucre normas
jurídicas, es de su interés (ALONSO, 2010, p. 5).
Dos de los mayores exponentes del análisis lógico del derecho son
Carlos Alchourron y Eugenio Bulygin, su principal obra Normative
Systems”,2 viene a ser uno de los más importantes aportes para esta
corriente. Estos autores, utilizando como base la lógica deóntica de
Von Wright, crearon una de las metodologías más rigorosas para la
identificación y solución de problemas normativos.
2 Este texto fue traducido al español bajo el título: “Introducción a la metodología de las
ciencias jurídicas y sociales”, (1975) Buenos Aires, Astrea.

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